CONVENCIÓN
COLECTIVA
La convención colectiva se celebra entre uno o varios empleadores o asociaciones de empresas; Aunque son permitidos los convenios colectivos, hay que tener en cuenta que ellas sólo actúan como “acuerdos de voluntades celebrados entre un sujeto sindical y otro empleador para regular las condiciones laborales que han de ordenar los contratos individuales de trabajo durante su vigencia.” Y por ningún motivo como normas legales estas deben cumplir a cabalidad y su validez será solo por el tiempo pactado.
- ¿Cuándo se creó este tipo de Convenio Colectivo?
Este Derecho de
Asociación Sindical comienza con la Ley 83 del 23 de Julio de 1931. Expedido en
Colombia para regular la creación de los sindicatos y a su vez las Naciones
Unidas en 1928 con la Declaración Universal de los Derechos del Hombre.
Igualmente en el artículo 55 se garantiza el derecho de negociación colectiva
para regular las relaciones.
- ¿Qué condiciones laborales regula la Convención Colectiva?
Esta Convención
Colectiva vela por los salarios, jornadas, descansos, vacaciones,
licencias, capacitación profesional,… etc. Además de la relación de los
sindicatos y el empleador.
- ¿Duración de un Convenio Colectivo?
La duración depende de
los acuerdos que se realicen teniendo en cuenta la legislación laboral vigente,
sin que afecte a ninguna de las partes, aunque como en todo contrato se
estipulan reglas y
parámetros siendo 3 años el máximo periodo, pero anualmente se deben realizar
ajustes en el valor del salario.
- Formalidades
Para su validez exigen
que debe pactarse por escrito con el numero plural de copias necesarias de
acuerdo con la cantidad de partes que existan, pudiendo existir de dos en
adelante, según el número de agremiaciones ya sean sindicales o de empleadores,
además, se cuenta con un plazo perentorio de 15 días para radicar una copia de
esta en la oficina de trabajo. De no cumplir con estas indicaciones la
convención no produce ningún efecto jurídico.
La convención colectiva
no puede tornarse indefinida, toda vez que requiere adaptarse las necesidades
cambiantes de las relacione laborales , aunque deben respetarse los derechos
adquiridos por los trabajadores mediante una convención no se opone a la
vigencia de ella, pues la convención puede ser prorrogada expresamente por
voluntad de las partes, o en forma automática, cuando las partes o una de ella
no manifieste por escrito su expresa voluntad de darla por terminada a través
de su denuncia. En cuyo caso los derechos adquiridos por los trabajadores
quedan indemnes.
¿SABES
QUÉ ES LA DENUNCIA DE LA CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJADORES?
Debes saber que es aquella manifestación escrita y
puede venir de cualquiera de las partes
(trabajadores o empleadores) y manifiesta la voluntad de terminar la convención
colectiva del trabajo.
Pero cuya vigencia se debe mantener hasta tanto se
firme una nueva o se expida un nuevo fallo arbitral.
VIGENCIA DE LA CONVENCIÓN COLECTIVA
El
plazo de vigencia de la convención colectiva es dado por la asamblea en el
pliego de peticiones y generalmente es de dos (2) años
Si por algún motivo no se estipula, cuya duración
entonces se puede presumir celebrada por
términos de seis meses
¿SABES EN QUE MOMENTO SE PUEDE REVISAR UNA CONVENCIÓN COLECTIVA?
Generalmente se hace cuando se pueden ver imprevisibles y
graves alteraciones de la normalidad económica y a su vez no puedan llegar a
ningún acuerdo las partes acerca de lo
pactado en cuanto a la justicia laboral.
VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LOS TRABAJADORES
GRACIAS A LA CONVENCIÓN COLECTIVA
Referencia
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