domingo, 6 de mayo de 2018

RESUMEN GENERAL DE LA CONVENCIÓN COLECTIVA



(Fesugt s.f). 
Dentro de las investigaciones la convención colectiva se define que   es un acuerdo entre uno o varios empleadores o asociaciones de empresas; “acuerdos de voluntades celebrados entre un sujeto sindical y otro empleador para regular las condiciones laborales que han de ordenar los contratos individuales de trabajo durante su vigencia”.

 Por ningún motivo como normas legales estas deben cumplir a cabalidad y su validez será solo por el tiempo estipulado, este convenio colectivo se creó con la ley 83 del 23 de julio del 1931, librado en Colombia para la regulación de la creación del sindicato, el articulo 55 garantizo el derecho de negociación colectiva para regular las relaciones, una de las condiciones laborales son las capacitaciones laborales, vacaciones, licencias, salarios, etc.


(Convencion15 2012)
Un convenio colectivo tiene una duración de 3 años,  un  pacto colectivo tiene ventajas y desventajas que favorecen y des favorecen a  ambas partes,  las ventajas son: gozar de una inmovilidad laboral, protección para los trabajadores, incremento de la productividad, condiciones y beneficios, vacaciones, licencias. 

Las desventajas son: los trabajadores  no estén de acuerdo con la cuota sindical, no dura más de 2 años ni más de 3 años, los procesos de negocio son  largos y tardan los acuerdos entre otros.


El derecho de asociación colectiva es donde un  trabajador de una empresa lleva a negociar sus prestaciones de servicio consiguiendo en si un pacto, el estado está obligado a proporcionar la cantidad y calidad de trabajo, al empleador.
(Convencion15 2012)
Las etapas de la negociación de un trabajador están representado por el sindicato y lucha por la relación laboral y son, huelga,  la interrupción,  arreglo directo y pacto colectivo.

El pacto colectivo: es un contrato gobernado por empresas, con trabajadores no afiliados al sindicato, solo obtienen a los que aceden a él.

Arreglo directo: el sindicato delega a una o a más personas a postula un formulario que se refiera a un conflicto económico con el empresario, tiene condiciones y son, ser mayor de edad, estar trabajando por lo menos 6 meses, y estar en el sindicato, declarar que no puede ser despedido sin justa razón.

El derecho de asociación sindical, en el artículo 39 de la constitución política de Colombia,  es un derecho de asociación constitucional de libre sociedad, es legal que todo trabajador tiene derecho a un sindicato o asociación, sin control del estado.
Los sindicatos están clasificados por gremiales, empresas e industrias y varios oficios.


Referencias.



  • Convencion15. (2012). Convencion colectiva- primera escena. (Video). Youtube. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=CLNk8BwVm8Q





  • Fesugt. (s.f). Defiende tu convenio colectivo. (Figura). Recuperado de http://www.fesugt.es/img/Sin_t%C3%ADtulo35030.png









sábado, 5 de mayo de 2018

ASPECTOS IMPORTANTES EN LA CONVENCIÓN COLECTIVA


(Psicología 2016).

La Convención colectiva es un  tema para investigar abiertamente, teniendo en cuenta que es  de gran utilidad para todo  aquel  que este interesado en  participar en un convenio colectivo, ya que el material  de la plataforma y     publicaciones anteriores  que se realizaron de diferentes fuentes de información,  resultaron muy útiles para la creación del blogger y tener un  análisis  de determinados procesos. 
Es de  gran importancia, conocer como trabajadores, los derechos que poseen al formar parte de un sindicato, uno de ellos es la posibilidad de instaurar una convención colectiva la cual es según el artículo 467 del código sustantivo del trabajo. La  que es celebrada entre empleadores, asociaciones patronales, sindicatos o federaciones para fijar las condiciones que presidirán los contratos laborales. (Senado, 2018).

 Esto quiere decir, que a partir de la presentación de un pliego de peticiones, empleadores y empleados negocian y discuten las condiciones de trabajo más favorables para ambas partes, ya que en ello se busca mejorar las condiciones de trabajo por un lado para así mismo aumentar la calidad del producto por el otro.

En los convenios colectivos se estipulan beneficios mutuos, que permiten entablar mejores relaciones laborales, siempre en el marco de la legislación laboral y su vigencia será la que pacten las partes. El patrono que se niegue a realizar diálogos colectivos con los sindicatos acarreará multas equivalentes de 5 a 10 veces el salario mínimo legal mensual a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje “SENA”, de acuerdo con el artículo 21 de la ley 11 de 1984. (Juriscol, 1984).
(Marco 2015). 
Se ha de tener en cuenta que para que un convenio colectivo tenga validez debe estar inscrito “ante la autoridad laboral en 15 días, depositarlo en el órgano correspondiente y publicarlo en el boletín oficial que corresponda.” (iberley, 2016).

En su finalidad de regulación de las condiciones de trabajo, en un sentido amplio y otros aspectos vinculados con las relaciones laborales, el establecimiento de medios para la solución de los conflictos y en general, la protección de los trabajadores y sus familiares, en función del interés colectivo y del desarrollo económico y social de la Nación.
Lo más claro y pertinente es definir desde el ángulo jurídico, la convención colectiva de trabajo tal y como está plasmada en el artículo 467 del código sustantivo del trabajo como:
“La que se celebra entre unos o varios patronos o asociaciones patronales, por una parte y uno o varios sindicatos o federaciones sindicales de trabajadores, por la otra, para fijar las condiciones que regirán los contratos de trabajos durante su vigencia”.

(Asefinco 2017). 
En este orden de ideas  se  destaca que la negociación colectiva es fundamental porque con ella se llega a la convención colectiva donde se muestra el pliego de peticiones expresado de manera pacífica a fin de normalizar las condiciones de trabajo y toda situación que se presente al interior de la organización del tal manera que las nuevas condiciones solicitadas por los empleados y los empleadores sean las justas
Pues eso conlleva a que dicha convención colectiva sea manejada según los parámetros de la ley y como lo dice el artículo 55 de la constitución política de Colombia y dispone de la siguiente manera:

“Garantiza el derecho de negociación colectiva para regular las relaciones laborales, con las excepciones que señale la ley. Es deber del estado promover la concertación y los demás medios para la solución pacifica de los conflictos de trabajo”.
(Notilab 2016).
Lo anterior indica la importancia de la intervención del estado en pro de regular las relaciones laborales y la mejora conceptual de las garantías, la realidad social y económica a través de la constitución como herramienta protectora para el sano desarrollo y la libre participación, pues bajo ninguna circunstancia se pueden menoscabar los derechos de los trabajadores razón por la cual cabe destacar que cuando hay una convención colectiva clara, transparente y basada en la norma se puede lograr: libertad sindical, fueros, protección, negociación, estabilidad, garantías, muy buenas condiciones laborales, progreso, desarrollo económico, político y un gran crecimiento del sindicalismo y la sociedad en general dentro de los fines del estado.




Referencias.


- iberley. (2016). iberley, el valor de la confianza. Obtenido de https://www.iberley.es/temas/caracteristicas-validez-convenios-colectivos-5101

-Art 467, Código Sustantivo del trabajo, ministerio de la protección social, 2011.

-Art.55.contitucion política de Colombia, Colombia,1991.

-Asefinco. (2017). Convención colectiva. (Figura). Recuperado de http://asefinco.org/convenci%C3%B3n-colectiva-2017

-Atenacional. (2013). Convenio colectivo de trabajo. Youtube. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=mR58bOANhKA

-Costa rica. (s.f). Convenciones colectivas. Recuperado de https://presidencia.go.cr/convenciones/que-es/


-Gerencie. (2017). Convección colectiva. Recuperado de https://www.gerencie.com/convencion-colectiva-de-trabajo.html

-Juriscol, S. (1984). Suin Juriscol. Obtenido de http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1567564


-Notilab. (2016). El nuevo contrato colectivo contempla aumentos de sueldos, primas y beneficios para 1.575 funcionarios. (Figura). Recuperado de http://notilab.com.ve/articulo/2029/firman-nuevo-contrato-colectivo-de-los-empleados-de-municipio-sucre/

-Psicologia. (2016).  Convencion colectiva. (Figura). Recuperado de http://convencioncolectivapsicologia5.blogspot.com.co/


-Senado, S. (2018). Código Sustantivo del Trabajo. Obtenido de http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo_sustantivo_trabajo_pr016.html#467



viernes, 20 de abril de 2018

DENUNCIA DE LA CONVENCIÓN COLECTIVA


DENUNCIA DE LA  CONVENCIÓN COLECTIVA. 


La denuncia de la convención es un mecanismo que busca evitar la prórroga de la convención colectiva, cuando se venza el plazo. Según los Arts. 478 del CST y 14 del Decreto 616/54, la denuncia de la convención es la manifestación expresa de la voluntad de las partes, o de una de ellas de dar por terminada la convención colectiva cuando expira el plazo. Es un acto formal, por cuanto debe ser presentado por escrito ante el inspector del trabajo. (Álvarez E, 1988, p. 225)


Talamantes G. (2017). 

Ventajas y desventajas de las demandas colectivas

Las quejas colectivas permiten a una variedad de demandantes reclamar a alguien por los daños causados por gestiones comunes o descuidos. Como en cualquier decisión de disputas importantes. (Abogado 2018).

Las ventajas son  las condiciones beneficiosas en diferentes juicios.
  •  La oportunidad para los reclamantes de buscar alivio con pequeñas cantidades de dinero.
  •   Mayor eficiencia judicial.
  • Mayor uniformidad para los acusados.
  • La oportunidad de que a todos los demandantes se les cubran daños y perjuicios.
  •  Mayor uniformidad de las recuperaciones de los demandantes similares. (Abogado 2018).


Las desventajas son aquellas que   impiden que algún proceso pueda      realizarse con tranquilidad.

  •  Falta de  toma de  decisiones
  •   Puede ser difícil decidir si o no,  participar en un caso de demanda colectiva
  •  Si el abogado de la demandante no discute con eficacia o los representantes del grupo no tienen sólidas reclamaciones, entonces las demandas legítimas de los miembros de la clase puede ser dañadas
  •   Los casos casi siempre se arreglan con una compensación financiera, cupones para servicios futuros o descuentos solamente. (Abogado 2018).



Efecto de  la denuncia.

Los  Efectos de las acusaciones recubren particular importancia, especialmente respecto de los árbitros. "Estos gozan de la misma amplitud para solucionar el conflicto de intereses dentro de los límites del pliego de peticiones y de la denuncia hecha por el patrono, en el sentido de que no le es permitido conceder más de lo que se pide, pero pudiendo modificar la convención colectiva o el laudo en aquellos puntos que fueron denunciados por el patrono, cuando la denuncia es parcial, o respecto de todos, si la denuncia es total" (4). (Álvarez E, 1988, p.227).

Según el numeral segundo del Art. 14 del Decreto 616 de 1954, se establece que una vez formulada la denuncia como 226 se indica en el numeral primero, la convención existente continuará vigente hasta cuando se firme una nueva. La reforma que introdujo este decreto es importante, puesto que en el Art. 479 del CST, originalmente establecía que la denuncia tenía como efecto el terminar la vigencia de la convención en la fecha de expedición del plazo respectivo. Esto entrañaba una injusticia grave, por cuanto, según doctrina del Ministerio del Trabajo, cuando se vencía el plazo, el patrono estaba en el derecho de desconocer la totalidad de las garantías pactadas y regresar al mínimo de obligaciones consagradas en el CST. Este hecho se convertía en materia de agitación y, el trabajador debía iniciar de nuevo una lucha para conservar, cuando menos, lo que había adquirido años atrás. (Álvarez E, 1988, p. 226, 227).

Referencias


jueves, 19 de abril de 2018

EN LA CONVENCIÓN COLECTIVA

                                                
                         ¿QUÉ SE PUEDE OBTENER MEDIANTE LA CONVENCIÓN ?
         (Villamizar 2013)                                                       
Gracias a la convención colectiva se puede obtener un marco normativo donde ambas partes salgan beneficiados y pueda existir libertad sindical para la sana participación y concertación de peticiones; Protección, negociación pacifica, estabilidad, fueros, condiciones laborales estables que permitan el crecimiento y el desarrollo tanto económico como social de las personas para mejorar su calidad de vida.                                                      

 EL DERECHO  SINDICAL EN COLOMBIA.                                                                                                      
Aunque nuestro país viene con una historia difícil marcada por el conflicto social y una cantidad de antecedentes históricos comprobados. Todos tenemos derecho a participar de la sindicalización, permitiendo así mostrar un contexto lleno de garantías y condiciones laborales a los trabajadores y de esta manera pueda existir transparencia en la sana consolidación del llamado estado social de derecho cumpliendo con lo anterior entonces se verá el progreso, la garantía constitucional y la libertad de opiniones.
                                                                                                                                                                                        
LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA CONVENCIÓN         (Borrero J. 2016)

Las convenciones colectivas se encuentran reguladas por el código sustantivo del trabajo y se puede decir que es una fuente formal de derecho, la cual tiene efectos y alcances desde lo jurídico, económico y lo social para que  unidos se pueda lograr  el sano desarrollo de las empresas y sus empleados. Esto, con el fin de normalizar las relaciones existentes laborales y cualquier situación que se presente al interior de las organizaciones, por lo tanto es de gran beneficio para ambas partes, pues de una u otra forma se adaptan los contratos a las condiciones solicitadas por los empleados y pactadas por los empleadores, de esta manera están en igualdad de condiciones para brindar las garantías más allá de la norma y basados en los principios básicos.
         (Actualice 2011)                                                                                                                
EL TRABAJADOR NO PUEDE RECIBIR BENEFICIOS DE DOS CONVENIOS COLECTIVOS VIGENTES EN UNA EMPRESA.
“Mediante sentencia de Constitucionalidad de control abstracto, referencia C 495 de 2015, retomando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional precisó que aun cuando es viable jurídicamente que un trabajador pueda ser parte de varios sindicatos, en caso de que existan diversas convenciones colectivas suscritas por las organizaciones que integra, y de las cuales un mismo trabajador sea beneficiario de todas ellas, ello no significa que pueda aprovecharse simultáneamente de cada una, pues la libertad sindical debe entenderse para tales efectos, como que el asalariado debe escoger entre los distintos convenios aquel que mejor le convenga a sus intereses económicos, ello con el fin de evitar que el trabajador reciba duplicidad o más beneficios convencionales”.  (Derechotk 2017)

Referencias. 



·         Actualicese. (2011). Extensión a terceros de la convención colectiva a personal no sindicalizado. (Figura). Recuperado de https://actualicese.com/actualidad/2011/05/24/extension-a-terceros-de-la-convencion-colectiva-a-personal-no-sindicalizado/
·         Borrero J. (2016). Denuncia de la convención colectiva de trabajo, efectos y alcances. (Figura). Universidad del atlántico. Recuperado de http://www.sintradeua.org/home/sintradeua-informa-3/
·         Derechotk. (2017).Aplicación y vigencia del fuero sindical circunstancial en la etapa de presentación del pliego de peticiones Recuperado de ehttp://www.derechotk.com/aplicacion-y-vigencia-del-fuero-sindical-circunstancial-en-la-etapa-de-presentacion-del-pliego-de-peticiones/
·         Gerencia. (2017). Convención colectiva. recuperado de https://www.gerencie.com/convencion-colectiva-de-trabajo.html

·         Villamizar. (2013). Convención colectiva. (Figura). Venexuela. Recuperado de http://www.venexuela.com/?p=30877

martes, 17 de abril de 2018

FUERO SINDICAL




FUERO SINDICAL


(Díez, J.F. (2015)
 
Según el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, el fuero trata de que“Cada uno de los privilegios y exenciones que se conceden a una comunidad, a una provincia, a una ciudad o a una persona.” ("Real Academia Española. Diccionario usual", 2018). 


Es así que de acuerdo con el concepto 11837 del 15 de julio del 2017 del ministerio del trabajo, el FUERO SINDICAL es la garantía que tienen los trabajadores sindicalizados del ejercicio de asociación, libertad sindical y negociación colectiva ("ministerio del trabajo", 2014) dispuesto en el Código Sustantivo de trabajo en su artículo 405 donde se expone:  

Se denomina "fuero sindical" la garantía de que gozan algunos trabajadores de no ser despedidos, ni desmejorados en sus condiciones de trabajo, ni trasladados a otros establecimientos de la misma empresa o a un municipio distinto, sin justa causa, previamente calificada por el juez del trabajo." ("leyes de 1992-vigencia expresa y control de institucionalidad", 2018).


Ahora bien, existen diferentes tipos de fueros que protegen los derechos de los trabajadores tales como:


·         fuero por maternidad, el cual señala que ninguna trabajadora en estado de embarazo o lactancia pude ser despedida de su puesto de trabajo, (Barona Betancourt, 2010)Lo anterior cobijado por el articulo 43 de la Constitución Política de Colombia el cual declara:

“Artículo 43. La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de éste subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. El Estado apoyará de manera especial a la mujer cabeza de familia.” (art.43,1991).

                                                                                                         (niños, 2018)



·         Fuero circunstancial: se refiere a la protección que tiene un empleado sindicalizado o no, desde el momento que presenta un pliego de peticiones y hasta que se haya solucionado el conflicto por medio de un pacto o convención. (Barona Betancourt, 2010).

·         Fuero por discapacidad: Ninguna discapacidad puede obstaculizar la vinculación laboral de un trabajador con la empresa, a menos que se demuestre que dicha limitación es insuperable e incompatible con las acciones propias del cargo laboral. Sin embargo, para que un empleado sea despedido por las causas anteriormente mencionadas, se debe contar con un permiso especial de la oficina del trabajo, de no ser así el empleador estaría obligado a indemnizar al empleado con un pago correspondiente a 180 días del salario. (Barona Betancourt, 2010).


De acuerdo con el Código sustantivo del trabajo en sus artículos 406 y 407 los trabajadores amparados por el fuero sindical son:


“Los fundadores de un sindicato…


Los trabajadores que, con anterioridad a la inscripción en el registro sindical, ingresen al sindicato…

Los miembros de la junta directiva y subdirectivas de todo sindicato, federación o confederación de sindicatos, sin pasar de cinco (5) principales y cinco (5) suplentes, y los miembros de los comités seccionales, sin pasar de un (1) principal y un (1) suplente…

Dos (2) de los miembros de la comisión estatutaria de reclamos, que designen los sindicatos, las federaciones o confederaciones sindicales, por el mismo período de la junta directiva y por seis (6) meses más, sin que pueda existir en una empresa más de una (1) comisión estatutaria de reclamos…” (Art 406 Modificado por el art. 12, Ley 584 de 2000, 2011).



                                                                                                                                                     (Madera, 2016)

   “Cuando la directiva se componga de más de cinco (5) principales y más de cinco (5) suplentes

➜    La  designación de toda junta directiva o cualquier cambio que ocurra en su composición debe notificarse al empleador en la forma prevista en los artículos 363 y 371. En caso de cambio, el antiguo miembro continúa gozando del fuero durante los tres (3) meses subsiguientes…

       En los casos de fusión de dos o más organizaciones sindicales, siguen gozando de fuero los anteriores directores que no queden incorporados en la Junta Directiva renovada con motivo de la fusión, hasta tres (3) meses después de que ésta se realice.” (Art407, 2011).



CUOTAS SINDICALES

Las asociaciones sindicales no pueden concebirse, si de antemano no cuentan con elementos materiales representados en bienes y recursos económicos que le permitan cumplir los fines para lo cual fue creada. Es por lo anterior que en el Decreto 2264 de 2013, se establece:

1)  Para que la organización sindical recaude oportunamente las cuotas, el empleador tiene el deber de: 

 ü Deducir la cuota sindical de los trabajadores sindicalizados.

ü Entregar directamente a las federaciones y confederaciones la cuota que el sindicato afiliado esté obligado a cancelar.


ü  Entregar al sindicato los dineros de las cuotas de los trabajadores no sindicalizados que sean beneficiados de los acuerdos colectivos obtenidos por el respectivo sindicato.

                                                                                                                                                                                                                                                            (  SAS, 2015)
üEntregar oportunamente a la organización sindical la suma total de las cuotas entregadas por los servidores públicos, previamente autorizado por escrito, por reciprocidad y compensación de los acuerdos colectivos obtenidos por el respectivo sindicato.


2). La certificación de tesorería del sindicato de la recolección del dinero de las cuotas de los sindicalizados, constituye prueba frente a empleador y la autoridad administrativa laboral de calidad de afiliado de uno o varios sindicatos



3) .    La certificación de la tesorería de la federación o confederación de la deducción de las cuotas sindicales servirán como prueba ante el empleador y autoridad administrativa laboral.

4).      Las anteriores certificaciones deben coincidir con las de los bancos o cajas de ahorro en la que se encuentran depositados los fondos de las organizaciones sindicales. ("Consulta de la Norma:", 2018).

La aprobación de las cuotas sindicales está dispuesta exclusivamente por la organización sindical a través de su asamblea general, en donde se realiza la fijación de las cuotas ordinarias y extraordinarias, las cuales deben cumplir los afiliados. “Los empleadores ha precisado la Corte Constitucional, tienen el correlativo deber de facilitarles a los sindicatos la información que sea necesaria para controlar los descuentos de cuotas sindicales, y que estas efectivamente se hagan al número de afiliados exacto, en el monto correcto y en la oportunidad debida. Sentencia CC T-814-10” (Duque, 2018).


Referencias .  



-Art 406 Modificado por el art. 12, Ley 584 de 2000, Código Sustantivo del trabajo, ministerio de la protección social, 2011.·

 -Art 407, Código Sustantivo del trabajo, ministerio de la protección social, 2011.

· -Art.43. Constitución política de Colombia, Colombia, 1991.

· -Barona Betancourt, R. (2010). Principios del derecho laboral en el sistema jurídico colombiano. Criterio Jurídico Garantista, 2(2), 5. http://dx.doi.org/10.26564/21453381.324 

·-  Consulta de la Norma:. (2018). Alcaldiabogota.gov.co. Retrieved 7 April 2018, from http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55111

· -Díez, J.F. (2015). HUMANISMO, HISTORÍA, DERECHO, FILOSOFÍA Y POLÍTICA. Republica Humanista. (Figura) Recuperado de: https://republicahumanista.blogspot.com.co/2015/

·-  Duque, C. (2018). Deducción cuotas sindicales- Obligación del empleador. Consultas-laborales.com.co. Retrieved 7 April 2018, from http://consultas-laborales.com.co/index.php?option=com_content&view=article&id=378:deduccion-cuotas-sindicales-obligacion-del-empleador&catid=1:laboral&Itemid=86

- leyes de 1992-vigencia expresa y control de institucionalidad. (2018). secretariasenado. Retrieved 5 April 2018, from http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo_sustantivo_trabajo_pr013.html#405

- Madera, A. (2016). Asociación Madera. Lugomadera.es. (Figura) Recuperado de: http://www.lugomadera.es/

-ministerio del trabajo. (2014). Retrieved 6 April 2018, from http://www.mintrabajo.gov.co/...Fuero+sindical.../9c9e7ee5-28f1-7e58-dcbb-e1fdec1095a3?... 

-niños, M. (2018). IMAGENES DE MANIFESTACIONES PARA COLOREAR. Aprender a Hacer. (figura). Recuperado de: http://aprenderhacer.com/imagenes-de-manifestaciones-para-colorear

- Real Academia Española. (s.f.). Diccionario usual. Recuperado de: http://dle.rae.es/srv/fetch?id=IYqmDg8

-SAS, w. (2015). NexTIC. Nextic.net. (Figura) Recuperado de http://www.nextic.net/

CONVENCIÓN COLECTIVA

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